Del 12 al 26 de marzo las familias con hijos o hijas que comienzan I3 o que hacen el cambio en la ESO tendrán que hacer la preinscripción escolar
1 Todo lo que necesitas saber sobre la preinscripción
- Del 12 al 26 de marzo las familias con hijos o hijas que comienzan I3 o que hacen el cambio en la ESO tendrán que realizar la preinscripción escolar. Es un momento importante en el que tendrán que escoger centro educativo.
- El Servicio de Educación de Cataluña está formado por 3.958 centros educativos . Sus pilares son la equidad y la inclusión, con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades educativas para todos los niños.
- El próximo curso 2025-2026 el Departamento de Educación y Formación Profesional continúa con la reducción de ratios a infantil 3 , una medida que favorece la calidad del sistema educativo.
- El 93,2% de los grupos en centros públicos empezarán con 20 alumnos o menos por aula , lo que supone 2,5 puntos más que el año pasado.
- A pesar de la bajada de natalidad, el próximo curso se mantienen un 98% de los grupos de I3 y 1º de ESO , con una distribución equilibrada del alumnado para luchar contra la segregación. Además, por primera vez, se ha tenido en cuenta la matrícula viva para planificar la oferta del próximo curso.
2 ¿Cómo se realiza la preinscripción?
Cuando existen más solicitudes que plazas, se aplican criterios de prioridad para ordenar las solicitudes como si hay hermanos o hermanas estudiando en el centro solicitado, la proximidad geográfica del domicilio habitual o del lugar de trabajo, u otros aspectos como ser familia numerosa o monoparental, cobrar la renta garantizada o si algún miembro de la familia tiene discapacidad, entre otros. De hecho, se reservan plazas para alumnos con necesidades educativas específicas una medida para distribuir equilibradamente a este alumnado.
Todos los niños y niñas tienen una plaza garantizada en un centro escolar. Si después de aplicar todos los criterios de priorización no se obtiene plaza en ninguno de los centros que se han hecho constar en la solicitud, se asigna una de oficio.
3 Las fechas de la preinscripción
- Presentación de solicitudes : Del 12 al 26 de marzo de 2025 (a partir de las 9 horas) por infantil y primaria, y del 14 al 26 de marzo por secundaria.
- 24 de abril de 2025 : lista de solicitudes con la puntuación provisional
- Del 24 al 29 de abril de 2025 : presentación de reclamaciones
- 5 de mayo de 2025 : lista de solicitudes con la puntuación una vez resueltas las reclamaciones
- 8 de mayo de 2025 a las 11 horas : sorteo para resolver las solicitudes de preinscripción empatadas en puntos
- Del 4 al 6 de junio de 2025 : ampliación de peticiones de preinscripción para alumnos sin plaza asignada a ningún centro
- 16 de junio de 2025 : lista de alumnos admitidos y lista de espera
- Del 25 de junio al 3 de julio de 2025: matriculación
4 Entiende los criterios de asignación de plaza: Criterios prioritarios
1. Si el hijo o hija que opta en la plaza tiene hermanos o hermanas que ya están estudiando en el centro solicitado, se obtienen 50 puntos.
Éste es el criterio que suma más puntuación. Si el niño está en situación de acogimiento familiar y los hijos o hijas de la familia acogedora están escolarizados en el centro, también obtiene esta puntuación.
2. Proximidad geográfica del domicilio habitual o del puesto de trabajo del padre o madre en la escuela.
Cada centro tiene una zona educativa para poder establecer el criterio de proximidad, lo que permite sumar puntuaciones diferentes según las circunstancias:
- Cuando el domicilio habitual de la familia se encuentra en la zona educativa del centro escolar que se pide en primer lugar, se suman 30 puntos.
- Cuando la ubicación del puesto de trabajo del padre, madre, tutor o tutora está dentro de la zona educativa del centro elegido en primer lugar, se suman 20 puntos.
- En la ciudad de Barcelona, cuando el domicilio está situado en el mismo distrito municipal que el centro escogido en primer lugar, pero fuera de la zona educativa del centro, se suman 15 puntos .
- Cuando el domicilio familiar se encuentra dentro del mismo municipio pero no dentro de la zona educativa del centro que se ha elegido en primer lugar, se suman 10 puntos.
Puede consultar cuál es la zona educativa de cada centro en su web antes de hacer la solicitud de preinscripción. Debe tenerse en cuenta que, dentro del criterio de proximidad geográfica, las puntuaciones no se suman entre sí. Esto significa que si el puesto de trabajo del padre o la madre está dentro de la zona educativa y el domicilio habitual en el mismo municipio, pero no dentro de la zona educativa del centro, las dos puntuaciones no se podrán sumar.
Cuando un miembro de la unidad familiar recibe la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía o el ingreso mínimo vital.
5 Entiende los criterios de asignación de plaza: Criterios complementarios
- Criterio del padre, madre o tutor o tutora legal trabajando en el centro educativo. Cuando el padre, la madre o el tutor o tutora legal trabajen en el centro en el momento en que se presenta la solicitud de preinscripción, se suman 10 puntos.
- Familia numerosa. Cuando el niño forma parte de una familia numerosa, se suman 10 puntos.
- Familia monoparental. Cuando el niño forma parte de una familia monoparental, se suman 10 puntos.
- Ser gemelo o trigémino. Cuando el alumno o alumna haya nacido en un parto múltiple, se suman 10 puntos.
- Cuando el alumno o alumna se encuentre en situación de acogimiento familiar, se suman 10 puntos.
- Si algún miembro de la familia tiene una discapacidad, se suman 15 puntos. Cuando el propio niño, el padre o la madre, o bien algún hermano o hermana tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
- Se suman 10 puntos si se acredita la condición de víctima de violencia de género o terrorismo.
6 Asignación de plaza
En caso de empate en la puntuación de los criterios prioritarios de diferentes solicitudes, si no hay suficientes plazas en el centro para todas ellas, se aplicarán los criterios complementarios de forma que, los que hayan obtenido una puntuación más alta, serán los que ocuparán las plazas en primer lugar.
Encontrará más información sobre cómo se hace la asignación de plazas y prioridad, qué documentación hay que presentar para justificar los criterios de prioridad generales o complementarios, y los calendarios y plazos de la solicitud de preinscripción en los diferentes apartados de esta web.
¡Ah! Recuerda que todos los niños y niñas tienen una plaza garantizada en un centro escolar. Si después de aplicar todos los criterios de priorización no se obtiene plaza en ninguno de los centros que se han hecho constar en la solicitud, se asigna una de oficio.
7 Documentos necesarios para acreditar los criterios prioritarios
- Para justificar la proximidad del domicilio habitual en la escuela . Al enviar la solicitud se programa la consulta automatizada del padrón. Esta consulta sirve para confirmar la dirección del domicilio familiar. Si no se pueden obtener los datos del padrón se debe acreditar la residencia adjuntando un certificado o volante de convivencia del alumno, donde debe constar la dirección del domicilio y acreditar que el alumno vive como mínimo con el padre o la madre que presenta la solicitud.
- Para acreditar la proximidad del puesto de trabajo del padre, la madre o el tutor legal en la escuela . En el caso de las personas asalariadas, es suficiente si se aporta el contrato laboral o un certificado emitido por la empresa. En el caso de ser trabajadora o trabajador autónomo, deberá presentarse el modelo de la Agencia tributaria 036 o 037, donde se deja constancia del domicilio en el que se lleva a cabo la actividad.
- Para justificar la renta garantizada de ciudadanía . Esta información se consulta electrónicamente en la base de datos del Departamento de Derechos Sociales. En el resguardo de la solicitud se informará si no se ha podido obtener. En este caso, es necesario adjuntar la documentación acreditativa de ser beneficiario/a de la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía o de la ayuda mínima vital.
8 Documentos necesarios para acreditar los criterios complementarios
- Para acreditar que el alumno forma parte de una familia numerosa , esta información se validará mediante consultas interadministrativas cuando se realice la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo o se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, será necesario presentar el título de familia numerosa.
- Para acreditar que el alumno forma parte de una familia monoparental , esta información se validará mediante consultas interadministrativas cuando se realice la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo o cuando se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, será necesario adjuntar el título de familia monoparental.
- El hecho de haber nacido en un parto múltiple se acredita con el libro de familia o la certificación electrónica de la inscripción de nacimiento.
- La situación de acogimiento familiar se acredita mediante la resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales.
- Para acreditar que un miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad . Este supuesto incluye la discapacidad igual o superior al 33% del alumno, del padre o la madre o de algún hermano o hermana, y se valida mediante consultas interadministrativas. Si no se puede validar o si se trata de una discapacidad reconocida por otras comunidades autónomas, es necesario presentar el certificado o la tarjeta acreditativa de discapacidad que emite el Departamento de Derechos Sociales o los organismos competentes en otras comunidades autónomas. También puede adjuntarse el documento que acredite ser beneficiario o beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente de grado total o de gran invalidez, o bien, cuando sea oportuno, el correspondiente certificado de las clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- La condición de víctima de violencia de género o de terrorismo se acredita con la sentencia judicial de cualquier orden jurisdiccional, la orden de protección vigente, o el informe de los servicios sociales o el certificado que acredita la condición de víctima de terrorismo que emite la Subdirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
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